Nacionalidad Española

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Obtenga la Nacionalidad Española

Como abogados expertos en extranjería e inmigración, podemos ayudarle a obtener  la nacionalidad española, que es el vínculo jurídico que une a la persona con el Estado. Adquirir la nacionalidad, no solo le convertirá en ciudadano español, sino también en ciudadano de la Unión Europea, ostentando por tanto, los derechos que ello conlleva, como la libre circulación entre los países miembros de la Unión o residir y trabajar en dichos territorios. Nuestra amplia experiencia nos permite asesorarle respecto a las diferentes formas de adquirir la nacionalidad española que usted podrá solicitar, siendo la más común, la nacionalidad española por razón de residencia, para la cual el interesado  deberá acreditar una residencia legal, previa y continuada en el país. Esta solicitud se presenta telemáticamente por los medios electrónicos correspondientes, de manera que nos ocuparemos de su tramitación completa:  desde la fase inicial, con la respectiva inscripción en la Prueba de conocimientos  constitucionales y socioculturales de España (examen CCSE) y la Prueba de idioma español (examen DELE) , según corresponda, hasta la concesión de la nacionalidad.

También forma parte de nuestro trabajo diario, la ejecución de expedientes de nacionalidades derivativas, es decir, aquellas que se adquieren por el llamado IUS SANGUINIS, o derecho de sangre, por contar con ascendientes de nacionalidad española. Entre estas encontramos, las nacionalidades por opción de menores, nacionalidades por valor de simple presunción, por recuperación, etc.

¿Cuáles son los supuestos para obtener la Nacionalidad Española?

Podrán solicitar la nacionalidad por residencia los ciudadanos extranjeros que cuenten con una residencia legal, continuada y anterior a la solicitud de nacionalidad, de acuerdo a los correspondientes períodos de residencia que exige la normativa, atendiendo a su nacionalidad de origen, su estado civil y/o su parentesco con ciudadanos españoles.

Podrán optar a la nacionalidad española, quienes estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un ciudadano español. Por ejemplo, los hijos menores de los ciudadanos extranjeros que adquirieron la nacionalidad española, podrán solicitar la nacionalidad por opción. El plazo caduca cuando el solicitante cumpla veinte años de edad o a los dos años a contar desde la edad de emancipación, de acuerdo a la ley personal del interesado.
También podrán adquirir la nacionalidad por esta vía, quienes, naciendo en el extranjero, sean hijos de madre o padre español y nacido en España.

Podrán obtener la nacionalidad española de origen, los nacidos en España de padres extranjeros, si la legislación de los países de origen de ambos, no atribuye al hijo una nacionalidad.

Podrán obtener la nacionalidad española en virtud de la LMM (Ley de la Memoria Democrática):

  • – Las personas que hayan nacido fuera de España descendientes de españoles y que por el exilio u otras razones reguladas en la normativa, hayan perdido la nacionalidad española o hubieran tenido que renunciar a la misma.
  • – Las personas nacidas en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • – Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, conocida como Ley de la Memoria Histórica.

Conservación de la Nacionalidad Española

En caso de incurrir en causa legal de pérdida de la nacionalidad española, existen diferentes métodos previsto en la ley, especialmente en el Código Civil, para evitar esta pérdida, realizando determinados actos jurídicos que implican la conservación de su nacionalidad. Consulte nuestros servicios si estuviera en este caso, para evitar consecuencias indeseadas que afecten a sus derechos .

Pérdida de la Nacionalidad Española

En relación a las causas de pérdida de la nacionalidad española, hay que diferenciar claramente que hay unas causas legales que afectan a los españoles de origen y otras que afectan a los españoles no de origen. Entre los principales casos está el de aquellas personas que adquieran voluntariamente otra nacionalidad, o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación. También el de aquellos que durante un período de tres años, utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar, al adquirir la nacionalidad española. En caso de que usted se vea envuelto en un proceso de pérdida de nacionalidad española, le recomendamos recurrir a nuestros expertos para defender su causa y evitar que sea privado del derecho fundamental como es la nacionalidad española de forma arbitraria o contraria a derecho.

Preguntas frecuentes sobre nacionalidad española (FAQ)

¿Qué se necesita para obtener la nacionalidad española?

Existen distintas vías para adquirir la nacionalidad española, pero la más habitual es la residencia legal y continuada en España durante un determinado periodo de tiempo. Además, se requiere tener buena conducta cívica, carecer de antecedentes penales y superar un examen de integración cultural y constitucional (CCSE), así como, en la mayoría de los casos, la prueba de idioma (DELE A2) en caso de no ser de algún país hispanohablante.

¿Qué significa “en trámite” o “abierto en tramitación”?

Cuando en la plataforma del Ministerio aparece el estado «abierto en tramitación», indica que la solicitud ha sido recibida y está siendo evaluada por la administración. En esta fase, pueden pasar varios meses hasta que se produzca un cambio de estado o se resuelva favorablemente.

¿Cuánto tiempo hay que vivir en España para solicitar la nacionalidad?

El plazo general es de 10 años de residencia legal y continuada. Sin embargo, existen excepciones:

  • Personas refugiadas: 5 años
  • Para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal: 2 años.
  • 1 año en casos especiales, como nacidos en territorio español, cónyuges de españoles, viudos/as de españoles, o quienes hayan estado bajo tutela de un ciudadano español.

¿Cuánto cuesta obtener la nacionalidad española?

El coste principal es la tasa administrativa, que actualmente ronda los 104 euros. A eso hay que sumar los posibles gastos de exámenes (DELE y CCSE), traducciones, legalizaciones, y, si decides contar con asesoría jurídica especializada, los honorarios profesionales. En LEGALPRO Abogados ofrecemos un servicio completo para asegurar que el proceso se realice sin errores ni retrasos innecesarios.

¿Cuál es la forma más fácil de obtener la nacionalidad?

La vía más directa suele ser la del matrimonio con un ciudadano español, ya que tras un año de convivencia legal como pareja casada, el cónyuge extranjero puede solicitar la nacionalidad. También es más sencillo para ciudadanos de países con convenios especiales con España, ya que requieren solo dos años de residencia.

¿Cuánto dura el proceso completo de ciudadanía?

Desde la preparación de documentos hasta la obtención del certificado de nacionalidad, el proceso puede durar entre 12 y 24 meses, dependiendo del método de presentación y de la carga de trabajo de la administración. Una vez concedida, es necesario hacer el juramento de fidelidad ante el Registro Civil, lo cual también puede demorar algunas semanas más.

¿Cuánto está tardando el proceso de nacionalidad española en 2025?

Si se presenta la solicitud por vía telemática (por ejemplo, con la ayuda de un abogado), el proceso puede tardar entre 6 y 12 meses, aunque en algunos casos puede demorarse más. Las solicitudes presentadas por registro físico suelen tardar bastante más, incluso más de 2 años.

¿Cuánto tiempo se puede estar fuera de España siendo ya ciudadano?

Una vez obtenida la nacionalidad española, puedes salir del país sin restricciones de tiempo. Sin embargo, si además tienes doble nacionalidad y resides fuera de España durante más de tres años sin registrar actividad, puedes ser dado de baja en el padrón o perder ciertos derechos, aunque no pierdes la nacionalidad salvo en casos muy concretos y voluntarios.