Optar a la nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática, conoce quiénes pueden aplicar.
La reciente Ley de Memoria Democrática introduce disposiciones adicionales que amplían las oportunidades para obtener la nacionalidad española durante su vigencia. Estos cambios afectan a al menos tres escenarios particulares:
- Nacionalidad para personas con ascendientes españoles (con o sin exilio). Si una persona nació fuera de España y tiene un ascendiente (padre, madre, abuelo o abuela) con nacionalidad española de origen, puede aplicar a la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática. Tanto si dicho ascendiente perdió o no, la nacionalidad española. La aprobación de la Ley, y la Instrucción posterior, permite que todos los nacidos fuera de España, de padres o abuelos españoles, pudieran optar a la nacionalidad, sin necesidad de probar el exilio de sus familiares de origen español.
- Hijos de Mujeres Españolas Casadas Antes de 1978: Si alguien es hijo o hija nacido/a en el extranjero de una mujer española que perdió su nacionalidad por casarse con un extranjero antes de la Constitución de 1978, aunque este caso no suele ser recomendado debido a la vía anteriormente mencionada.
- Nacionalidad para personas con padre o madre españoles por Ley de Memoria Histórica o Ley de Memoria Democrática. Las personas mayores de edad que son hijos/as de españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de origen según la Ley de Memoria Histórica de 2007 o la actual Ley de Memoria Democrática, pueden ahora beneficiarse de la adquisición de la nacionalidad «de origen» en lugar de «por opción». Este proceso está siendo utilizado con frecuencia por aquellos que quedaron excluidos de la Ley del 2007, por ser mayores de edad en aquel momento. Los hijos menores de edad, deberán aplicar a la nacionalidad por opción, al amparo de la normativa del Código Civil español.
Estos cambios legales no solo abren nuevas vías para obtener la nacionalidad española, sino que también tienen implicaciones significativas para la residencia en España, especialmente para aquellos que buscan establecer el «arraigo familiar» como base para su autorización de residencia en el país.
Expertos en Nacionalidad Española por la Ley de Memoria Democrática
En Legalpro Abogados, tenemos la información necesaria para guiarte en el proceso de solicitud de nacionalidad española conforme a la Ley de Memoria Democrática. Es esencial tener en cuenta los siguientes criterios para determinar si eres elegible para aplicar:
- 1. Si eres hijo/a o nieto/a de una persona originariamente española, puedes ser elegible para solicitar la nacionalidad española bajo esta ley.
- 2. Si tu madre nació en España, emigró y perdió su nacionalidad española al casarse con alguien que no era español, también puedes tener derecho a solicitar la nacionalidad española.
- 3. Si tu padre o madre obtuvo la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Histórica anterior o la ha solicitado bajo la nueva Ley de Memoria Democrática, este también puede ser un factor relevante en tu solicitud.
Es importante destacar que no se requerirá la condición de exiliado como requisito indispensable en este tipo de solicitudes.
En LEGALPRO Abogados contamos con una amplia experiencia en la tramitación exitosa de solicitudes de nacionalidad española para personas extranjeras que residen en cualquier país del mundo. Estamos aquí para ofrecerte el mejor asesoramiento legal adaptado a tu situación particular para optar a la nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros para programar una consulta y analizar tu caso específico. Nuestros abogados especializados en extranjería estarán encantados de ayudarte a obtener tu nacionalidad española al amparo de la LMD de manera eficiente y efectiva. Tu sueño de obtener la nacionalidad española está a nuestro alcance. ¡Contáctanos hoy mismo!



