El Gobierno ha puesto en marcha el procedimiento para una regularización extraordinaria destinada a personas extranjeras que ya viven en España. Esta iniciativa tiene como finalidad ofrecer una solución inmediata, con plenas garantías jurídicas, a la situación de un elevado número de personas extranjeras que forman parte de la realidad social y económica del país.
La medida contempla la concesión de una autorización de residencia que habilitará para trabajar, por cuenta ajena o por cuenta propia, en todo el territorio nacional y en cualquier actividad profesional. Para poder acogerse a este proceso, será necesario haber ingresado al país antes del día 31 de diciembre de 2025, y acreditar una estancia continuada en España de al menos cinco meses anteriores a la presentación de la solicitud, circunstancia que podrá justificarse mediante documentos públicos, privados o una combinación de ambos. En el caso de las personas solicitantes de protección internacional, el requisito se entenderá cumplido si la solicitud fue presentada antes de esa misma fecha y puede acreditarse debidamente. Asimismo, será requisito indispensable no contar con antecedentes penales en el país de origen, ni representar un riesgo para el orden público en España.
Está previsto que la presentación de solicitudes se inicie a comienzos del mes de abril, una vez que sean completados los trámites exigidos para la aprobación del correspondiente Real Decreto. El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 30 de junio de 2026.
Quienes cumplan las condiciones establecidas, podrán obtener una autorización de residencia con una vigencia inicial de un año. Finalizado ese periodo, deberán prorrogar su autorización accediendo a las modalidades de residencia ordinarias, previstas en el Reglamento de Extranjería, facilitando así una incorporación progresiva y estable al sistema.
Otra de las novedades de esta autorización de residencia, es que la solicitud se podrá solicitar simultáneamente con los hijos menores que también vivan en España, o hijos mayores de edad que tengan una discapacidad. En ese caso, la residencia para sus hijos será concedida por cinco años.
El procedimiento ha sido diseñado para simplificar la tramitación administrativa: el plazo máximo de resolución será de tres meses, pero el solicitante podrá comenzar a trabajar a partir de que su solicitud sea admitida a trámite, lo cual sucederá en un plazo máximo de quince días, desde que realice su solicitud ante la Administración.
Cabe destacar que lo que se ha aprobado y publicado hasta este momento, respecto al procedimiento de regularización de inmigrantes, es la propuesta de modificación del Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, por la cual se añadirá una disposición transitoria quinta que regulará este tipo de residencia (Regularización). Lo anterior quiere decir que el texto legal aún se encuentra en fase de audiencia pública. Una vez finalizado los trámites legales y administrativos, será aprobada la modificación del Real Decreto, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y de esa manera conoceremos el procedimiento al detalle y la totalidad de requisitos necesarios para optar a este tipo de residencia. Como el procedimiento es de carácter extraordinario y de urgencia, es probable que dentro de unas semanas podamos ver la aprobación definitiva del mismo.
Desde LEGALPRO ABOGADOS te aconsejamos contar con una asesoría legal confiable y experta en la materia, debido a que este procedimiento solo la va poder ser presentado durante los meses de: Abril, Mayo y Junio de 2026, por lo que cualquier fallo o error en su solicitud, no habrá apenas margen de subsanacion o rectificación.



